El pasado 6 de junio el Ministerio de Trabajo y Economía Social sacaba a la luz la Consulta publica previa a la elaboración de un proyecto normativo consistente en la modificación y elaboración de las condiciones para prestar trabajo por cuenta ajena a distancia, a la que se podía hacer aportaciones hasta el día de ayer (lunes 22 de junio)
En las líneas que puedes leer aquí debajo he incluido algunas observaciones que considero que deberían de considerarse, al igual que ya lo han hecho otros compañeros como Nacho Rodríguez: Consulta pública previa a ley del teletrabajo.
Por supuesto, me gustaría que este post estuviera, cien por cien, abierto a debate, así que si consideras que falta algo, añadirías algo más, o crees que sobra algo, te animo a que lo comentes 😉
Tipo de empresa
Una de las principales consideraciones que se deben tener en cuenta es que hay varios tipos de empresas dentro de lo que podemos considerar como empresas que trabajan a distancia o teletrabajan:
- Empresas “remote-friendly”: son aquellas que son amigables con el teletrabajo, pero que cuentan con una sede central (o varias) desde donde también se puede trabajar de forma cien por cien presencial. La opción de teletrabajar en este caso es opcional y voluntaria.
- Empresas “remote first”: son aquellas empresas que tienen como premisa la contratación de forma remota (ya sea de personas que trabajan dentro de la misma localidad, región o país, como a nivel internacional) La misma puede ser compatible con trabajar desde una oficina propiedad de la empresa, en el caso de que la misma posea una.
- Empresas cien por cien distribuidas: son empresas en las que solo se puede trabajar en remoto, y normalmente su infraestructura está distribuida a lo largo de diferentes países. Además, en muchas ocasiones estás empresas no cuentan con oficinas físicas desde las que trabajar, por lo que se debe optar siempre por trabajar desde casa, un espacio de coworking o un espacio similar.
Equipos para el teletrabajo
Es necesario que las empresas contratantes faciliten el acceso o la compra de sus empleados teletrabajadores a equipos informáticos (ordenador, portátil, cámara web, auriculares, etc.) así como elementos que les permitan la conectividad a internet (router, etc.) o, en su caso, cubrir una parte de la amortización del equipo adquirido por la propia persona.
Esto afecta también al mobiliario necesario para teletrabajar (atendiendo a las necesidades “especiales” que pudieran tener algunos de ellos) como son: silla, mesa, soportes o derivados. Todos ellos cumpliendo, además, con las condiciones de ergonomía que exige la normativa vigente.
Horarios
Una de las grandes ventajas que tiene el teletrabajo (evidentemente, en todos aquellos puestos de trabajo en los que se puede desempeñar) es la flexibilidad horaria, sobre todo para tareas de conciliación familiar, cuidado de personas dependientes o su correcto uso para una vida plena.
Uno de los elementos más valorados por los nuevos trabajadores es el hecho de tener un balance vida-trabajo lo más equilibrado posible, algo que el teletrabajo, bien orientado, faculta dentro de sus principios.
Por este motivo, es de suma importancia contemplar la flexibilidad horaria, introducir los horarios por objetivos (en aquellos trabajos que lo permitan) como uno de los ejes fundamentales de esa nueva normativa.
Acceso y transparencia
Tal y como se contempla en alguno de los textos de la consulta pública, todos los trabajadores contratados deben de tener completa libertad de acceso (siempre que las condiciones de seguridad estén garantizadas) a la información necesaria para desempeñar su trabajo.
Para que esto sea posible, la empresa debe contar con sistemas de acceso remoto completamente accesibles y transparentes para todos los trabajadores (teletrabajadores y trabajadores presenciales), dando la posibilidad de acceder en condiciones similares.
Tecnoestrés y desconexión digital
Es muy importante también, como ya se hace en otros marcos regulatorios como el francés, tener en cuenta el derecho a la desconexión digital.
Un proceso de teletrabajo mal condicionado puede llevar a la práctica que se trabajé más de la cuenta. Esto unido a la conectividad constante en dispositivos como smartphones o tablets, puede generar problemas de salud a corto y largo plazo, como el tecnoestrés